Unidad de Comunidades Nativas y Campesinas

RECONOCIMIENTO

PARA COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS

TITULACIÓN

PARA COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS

GEORREFERENCIACIÓN

PARA COMUNIDADES TITULADAS

ASESORAMIENTO

PARA CONFLICTOS DE COMUNIDADES, PETITORIOS MINEROS

Funciones

Encargada de realizar todos los procedimientos de deslinde y titulación inherentes a su naturaleza organizacional.

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BENEFICIOS PARA LA TITULACIÓN DE COMUNIDADES NATIVAS

PROCEDIMIENTO DE PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE COMUNIDADES CAMPESINAS

L

PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS

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PROCEDIMIENTO DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN DE COMUNIDADES NATIVAS

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PROCEDIMIENTO PARA EL DESLINDE Y TITULACIÓN DE COMUNIDADES CAMPESINAS

SOLICITUD
Dirigida al Ente de Formalización Regional.
1
COPIAS
Copia Simple del DNI del solicitante autorizado. Literal de la partida registral de la personería jurídica de la Comunidad Campesina inscrita en los Registros Públicos, y certificado de vigencia de poder del representante que solicita el inicio del procedimiento (Mandato vigente)
2
DOCUMENTOS
Que acrediten posesión del territorio comunal, titulos de propiedad adquiridos de conformidad al articulo 2 de la Ley, incluido los títulos ancestrales y Actas de Colindancia en caso hubiere. Croquis del territorio comunal, indicando el nombre de los predios colindantes y el nombre de sus propietarios, en caso hubiere.
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 El Procedimiento De Deslinde Para La Titulación Del Territorio Comunal Se Trabaja Con La

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°0468-2016-MINAGRI

PROCEDIMIENTO DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN DE COMUNIDADES NATIVAS

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LINEAMIENTOS PARA GEORREFERENCIAR EL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS TITULADAS

SOLICITUD
Dirigida al Ente de Formalización Regional, firmada por el representante legal (de preferencia el presidente de la Directiva Comunal) o comuneros con facultades otorgados por la Asamblea General de la Comunidad Campesina, con vigencia de poder, adjuntando copia fedateada del plano de Conjunto, Memoria Descriptiva y Actas de Colindancia, que se encuentren debidamente inscritos en la Oficina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).
1
REPRESENTANTES
Si los representantes legales de la Comunidad Campesina, son iletrados, deberán manifestar dicha situación e imprimir su huella digital en la solicitud, en presencia del encargado de recibir la solicitud. A dicha solicitud adjuntara el Acta de Asamblea General que otorga facultades para solicitar la georreferenciación y suscribir Actas de Colindancia.
2
PLANOS
Los planos de conjunto inscritos deben carecer de coordenadas UTM, o que teniendo coordenadas no guarden relación con la ubicación real del territorio comunal o hubiera disconformidad entre el área legal y la que indican sus títulos o estos fueren imprecisos en cuanto a sus linderos, medidas perimetricas que comprende dicho territorio comunal.
3
EVALUACIÓN
El Ente de Formalización Regional. recibida la solicitud del representante de la Comunidad Campesina, procede a su evaluación verificando los requisitos adjuntados para su atención, y de encontrar conforme, dispondrá la factibilidad de su atención, así como la conformación del Equipo Técnico Especializado, la elaboración del plan de trabajo y el presupuesto necesario.
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El lineamiento de Gerorreferenciación de Comunidades Campesinas tituladas se trabaja mediante la  RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°0042-2021-MIDAGRI

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